FUNCIONES
El Presidente Ejecutivo tendrá a su cargo la labor gerencial de la Cámara de Comercio y ejecutará las decisiones de la Junta Directiva, de la Comisión de la Mesa y del Presidente de la Junta, de conformidad con los presentes Estatutos. Deberá asistir a las sesiones de la Junta con derecho a voz pero sin voto. El presidente ejecutivo tendrá las siguientes funciones:
  1. Ejercer la representación legal de la Cámara de Comercio de Montería de conformidad con lo establecido en el artículo 78 del Código de Comercio.
  2. Efectuar la convocatoria de la Junta Directiva en las oportunidades que corresponda.
  3. Proponer a la Junta Directiva el Plan Estratégico de la Entidad, así como el plan anual de acción.
  4. Presentar a consideración de la Junta Directiva la evaluación de cumplimiento de las metas de los programas y acciones contempladas en el plan de acción de cada año.
  5. Presentar a consideración de la Junta el presupuesto de ingresos y gastos de cada año incluidos las estimaciones de recursos públicos y privados.
  6. Ordenar los gastos y dirigir el manejo financiero de la Cámara de Comercio en aplicación de las normas que regulan la materia.
  7. Celebrar o ejecutar todos los actos, Convenios y contratos comprendidos dentro de las funciones y objetivos de la Cámara de Comercio o que se relacionen directamente con su existencia y funcionamiento, hasta por la suma de 230 salarios legales mensuales vigentes.
  8. Por derecho propio formar parte de todos los Comités de la institución.
  9. Representar a la Cámara de Comercio como organismo vocero de la comunidad empresarial regional y promover permanentemente la capacidad de liderazgo de la entidad en materia cívica y de desarrollo general, dentro de los objetivos institucionales con el propósito de procurar el mejoramiento de la calidad de vida.
  10. Adoptar las medidas necesarias para la protección y conservación de los bienes y el patrimonio de la Cámara de Comercio.
  11. Nombrar y remover libremente el personal al servicio de la Cámara de Comercio de Montería.
  12. Conformar y convocar el Comité de Afiliación.
  13. Dirigir el funcionamiento de todas y cada una de las áreas de trabajo de la Cámara de Comercio, en coordinación con los funcionarios respectivos para garantizar el desempeño centralizado y armónico de la institución.
  14. Dirigir la organización de exposiciones, seminarios, conferencias, mesas redondas sobre temas económicos, jurídicos o culturales que sean de interés para el comercio, la industria, el empresario agropecuario o para la comunidad en general.
  15. Editar o imprimir estudios, libros, informes o cualquier otro tipo de publicaciones que promocionen la labor de la Cámara de Comercio o de la región u orienten a la comunidad en función de nobles objetivos de progreso.
  16. Rendir a la Junta Directiva informes periódicos de sus labores.
  17. Vigilar la conducta administrativa de la organización a su cuidado y el rendimiento o eficiencia del personal al servicio de la Cámara de Comercio, imponer las sanciones debidas e informar a la comisión de la mesa.
  18. Presentar para aprobación de la Junta los balances de fin de ejercicio e informes financieros.
  19. Delegar en otros funcionarios de la institución y bajo su responsabilidad las funciones que se le asignan, de conformidad con la reglamentación que para el efecto expida la Junta.
  20. Informar al sector empresarial de la jurisdicción de la Cámara de Comercio de Montería, las labores adelantadas, el cual debe someterse previamente a consideración de la junta.
  21. Someter a consideración de la Junta Directiva las modificaciones necesarias al Manual de Funciones de la Entidad.
  22. Actuar como secretario de la Junta Directiva.
  23. Otorgar poderes especiales o generales cuando lo estime necesario o pertinente e informar con posterioridad a la Junta Directiva. Para otorgar facultades de disposición sobre los bienes inmuebles de la Entidad requiere de autorización previa de la Junta Directiva.
  24. Decidir los recursos, revocatorias directas, peticiones y quejas que formulen los interesados en relación con los registros públicos y notificar las decisiones adoptadas, de conformidad a las normas legales pertinentes.
  25. Elaborar y presentar a la Junta Directiva el Manual de Contratación, Compra y Suministro de la Cámara de Comercio y sus modificaciones, para que la junta directiva lo apruebe.
  26. Rendir a la Junta Directiva informes mensuales sobre contratos, convenios y demás actos suscritos, o cuando la junta lo requiera para su seguimiento.
  27. Decidir la afiliación de la cámara a otras entidades, o su desafiliación, y designar las personas que la represente ante ellas.
  28. Las demás que sean asignadas por la ley, por los estatutos o por la Junta Directiva.