El Presidente Ejecutivo tendrá a su cargo la labor gerencial de la Cámara de Comercio y ejecutará las decisiones de la Junta Directiva, de la Comisión de la Mesa y del Presidente de la Junta, de conformidad con los presentes Estatutos. Deberá asistir a las sesiones de la Junta con derecho a voz pero sin voto. El presidente ejecutivo tendrá las siguientes funciones: • Ejercer la representación legal de la Cámara de Comercio de Montería de conformidad con lo establecido en el artículo 78 del Código de Comercio.
• Efectuar la convocatoria de la Junta Directiva en las oportunidades que corresponda.
• Proponer a la Junta Directiva el Plan Estratégico de la Entidad, así como el plan anual de acción.
• Presentar a consideración de la Junta Directiva la evaluación de cumplimiento de la metas de los programas y acciones contempladas en el plan de acción de cada año.
• Presentar a consideración de la Junta el presupuesto de ingresos y gastos de cada año incluidos las estimaciones de recursos públicos y privados.
• Ordenar los gastos y dirigir el manejo financiero de la Cámara de Comercio en aplicación de las normas que regulan la materia.
• Celebrar o ejecutar todos los actos, Convenios y contratos comprendidos dentro de las funciones y objetivos de la Cámara de Comercio o que se relacionen directamente con su existencia y funcionamiento, hasta por la suma de un mil salarios mínimos legales mensuales vigentes.
• Por derecho propio formar parte de todos los Comités de la institución.
• Representar a la Cámara de Comercio como organismo vocero de la comunidad empresarial regional y promover permanentemente la capacidad de liderazgo de la entidad en materia cívica y de desarrollo general, dentro de los objetivos institucionales con el propósito de procurar el mejoramiento de la calidad de vida.
• Adoptar las medidas necesarias para la protección y conservación de los bienes y el patrimonio de la Cámara de Comercio.
• Nombrar y remover libremente el personal al servicio de la Cámara de Comercio de Montería.
• Conformar y convocar el Comité de Afiliación.
• Dirigir el funcionamiento de todas y cada una de las áreas de trabajo de la Cámara de Comercio, en coordinación con los funcionarios respectivos para garantizar el desempeño centralizado y armónico de la institución.
• Dirigir la organización de exposiciones, seminarios, conferencias, mesas redondas sobre temas económicos, jurídicos o culturales que sean de interés para el comercio, la industria, el empresario agropecuario o para la comunidad en general.
• Editar o imprimir estudios, libros, informes o cualquier otro tipo de publicaciones que promocionen la labor de la Cámara de Comercio o de la región u orienten a la comunidad en función de nobles objetivos de progreso.
• Rendir a la Junta Directiva informes periódicos de sus labores.
• Vigilar la conducta administrativa de la organización a su cuidado y el rendimiento o eficiencia del personal al servicio de la Cámara de Comercio, imponer las sanciones debidas e informar a la comisión de la mesa.
• Presentar para aprobación de la Junta los balances de fin de ejercicio e informes financieros.
• Delegar en otros funcionarios de la institución y bajo su responsabilidad las funciones que se le asignan, de conformidad con la reglamentación que para el efecto expida la Junta.
• Informar al sector empresarial de la jurisdicción de la Cámara de Comercio de Montería, las labores adelantadas, el cual debe someterse previamente a consideración de la junta.
• Someter a consideración de la Junta Directiva las modificaciones necesarias al Manual de Funciones de la Entidad.
• Actuar como Secretario de la Junta Directiva.
• Otorgar poderes especiales o generales cuando lo estime necesario o pertinente e informar con posterioridad a la Junta Directiva. Para otorgar facultades de disposición sobre los bienes inmuebles de la Entidad requiere de autorización previa de la Junta Directiva.
• Decidir los recursos, revocatorias directas, peticiones y quejas que formulen los interesados en relación con los registros públicos y notificar las decisiones adoptadas, de conformidad a las normas legales pertinentes.
• Aprobar el Manual de Contratación, Compra y Suministro de la Cámara de Comercio.
• Decidir la afiliación de la cámara a otras entidades, o su desafiliación, y designar las personas que la represente ante ellas.
• Las demás que sean asignadas por la ley, por los estatutos o por la Junta Directiva.