INSOLVENCIA
La insolvencia es un mecanismo
legal que le permite a una persona natural o pequeño comerciante con dificultades económicas:
1. Negociar sus deudas con condiciones de plazo, cuota y tasa más favorables.
2. Convalidar acuerdos privados logrados con sus acreedores.
3. Liquidar su patrimonio, entregando bienes embargables para cubrir sus obligaciones. Su finalidad es reintegrarlo a la vida productiva y normalizar sus relaciones crediticias, siempre con base en la buena fe y el cumplimiento responsable de sus compromisos.
2. Convalidar acuerdos privados logrados con sus acreedores.
3. Liquidar su patrimonio, entregando bienes embargables para cubrir sus obligaciones. Su finalidad es reintegrarlo a la vida productiva y normalizar sus relaciones crediticias, siempre con base en la buena fe y el cumplimiento responsable de sus compromisos.
¿Quiénes pueden acceder?
- Personas naturales no comerciantes (empleados, profesionales independientes, etc.).
- Pequeños comerciantes con activos totales menores a 1.000 SMMLV, excluyendo vivienda familiar y vehículo de trabajo.
Requisitos principales
- Tener mínimo dos obligaciones con dos o más acreedores.
- Presentar mora mayor a 90 días o dos procesos ejecutivos en curso.
- Las obligaciones en mora deben representar más del 30 % del total de las deudas.
- Presentar la solicitud en el Centro de Conciliación o notaría autorizada de su domicilio.
BENEFICIOS
1 | Permite la negociación integral de todas tus deudas con todos tus acreedores de manera ágil y efectiva. |
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2 | Luego de ser admitido el trámite de insolvencia NO podrán iniciar nuevos procesos ejecutivos o de cobro ante la justicia. |
3 | Admitido el trámite de insolvencia, se suspenden los procesos judiciales o privados de cobro que tengas en curso. |
4 | Admitido el trámite de insolvencia, se suspenden embargos, libranzas o cualquier tipo de descuento a tus ingresos. |
5 | Admitido el trámite de insolvencia, no podrán suspenderte la prestación de los servicios públicos. |
Contáctenos:
- Correo electrónico: conciliacion@ccmontería.org.co.
- Calle 28 N. 4-64 oficina 306.
- Tel: 6047819292
Preguntas Frecuentes
1. ¿Cuánto tiempo dura todo el proceso?
El trámite de insolvencia tiene un plazo inicial de 60 días contados a partir de la
aceptación de la solicitud. Puede prorrogarse por otros 30 días si lo solicitan el
deudor y alguno de los acreedores incluidos en la lista definitiva de acreencias.
2. ¿Qué pasa si no se llega a un acuerdo o el acuerdo se incumple?
Si la negociación fracasa, no se alcanza acuerdo con los acreedores, o el acuerdo se
declara nulo o incumplido, procede la liquidación patrimonial del deudor.
3. ¿Qué pasa con los embargos ya decretados?
Al admitirse la insolvencia, se suspenden los procesos ejecutivos y de cobro. Los
embargos quedan en pausa hasta que se decida si se aprueba un acuerdo o si se pasa a
liquidación.